Los artistas no tendrán que acreditar falta de actividad por Covid 19 para obtener prestación por desempleo. Esta es una de las medidas del Gobierno que se recogen en el BOE del 27 de mayo y que facilita de esta manera el acceso de los profesionales del sector cultural a las ayudas extraordinarias por la crisis.
En resumen no será necesario estar de alta ni alta asimilada en periodos de inactividad, no hay que presentar comprobante de cancelación, es compatible con el trabajo por cuenta ajena o propia dándose de alta para trabajar y luego de baja para seguir en la prestación. Se trata de unas reivindicaciones que había hecho la Unión de Músicos Profesionales.
El texto completo se puede consultar aquí.
https://www.boe.es/…/di…/2020/05/27/pdfs/BOE-A-2020-5315.pdf