SUBVENCIONES PARA LA REMODELACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE LOCALES DE SOCIEDADES MUSICALES 2021

La Generalitat Valenciana ha convocado ayudas destinadas a financiar obras de remodelación y construcción de locales sociales de las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana.

Se establecen dos modalidades de inversiones subvencionables:

– Modalidad remodelación: incluye obras de remodelación y rehabilitación, reforma, mejora, adecuación y modernización de locales sociales en espacios existentes y sus instalaciones.

– Modalidad construcción: incluye obras de nueva construcción, ampliación y habilitación de nuevos espacios de locales sociales.

Se podrán subvencionar los gastos ocasionados por la ejecución de obras dentro del ejercicio o año natural a que se refiera la resolución de convocatoria, en locales o dependencias de sociedades musicales, que tengan como finalidad la remodelación y / o la construcción de los mismos y sus instalaciones. Sólo son gastos subvencionables aquellos que pueden incluirse en el presupuesto de ejecución material de la obra, excluyendo cualquier otro que sea inherente al proyecto como el IVA, honorarios técnicos, beneficio industrial, gastos generales, etc.

Requisitos

1.- Se admitirán solicitudes que se refieran a proyectos de inversión cuyo coste de ejecución material no supere los 85.000,00 euros.

2.- Estas subvenciones pueden solicitarse para aquellos locales sociales que cumplan los siguientes requisitos:

Modalidad remodelación:

  1. Encontrarse radicados en algún municipio de la Comunitat Valenciana.
  2. Pertenecer en propiedad a la sociedad musical solicitante.
  3. Ser la sede permanente de la sociedad y de alguna de las actividades necesarias previstas en el número 2 de la base 1 de las Bases Reguladoras de estas ayudas.

Modalidad construcción:

  1. Encontrarse radicados en algún municipio de la Comunitat Valenciana.
  2. Pertenecer en propiedad a la sociedad musical solicitante.
  3. Del proyecto constructivo deberá deducirse que el local social en construcción o a construir podrá convertirse en la sede permanente de la sociedad musical y de alguna de las actividades necesarias previstas en el número 2 de la base 1

Excepcionalmente podrán solicitar estas subvenciones las sociedades musicales que, no ostentando la propiedad del inmueble o del solar, acrediten haber obtenido la cesión del mismo por parte de un ayuntamiento de la Comunitat Valenciana, siempre que:

  1. La cesión esté condicionada al uso cultural y a la realización de los fines propios de la sociedad musical.
  2. El plazo que reste desde la publicación de la convocatoria correspondiente hasta la finalización de la cesión sea igual o superior a cinco años.
  3. El ayuntamiento propietario del inmueble haya autorizado las obras que se pretende realizar, de manera genérica o concreta.

No podrán acogerse a lo previsto en el apartado anterior:

  1. Las cesiones formuladas por ayuntamientos que no ostenten la propiedad del inmueble o del solar.
  2. Las cesiones en precario y en general, aquellas que pueden quedar sin efecto mediante un acto unilateral de la corporación local.
  3. Las cesiones en las que no quede claramente acreditado el plazo mínimo de cinco años a que se refiere el inciso b del apartado 6 de la Base 2. En particular no se considerará acreditado este punto cuando la efectividad de la cesión por los próximos cinco años, como mínimo, dependa exclusivamente de la voluntad de la corporación local cedente o de la renovación de actos o convenios de carácter bilateral por períodos inferiores al mínimo exigido.
  4. Los locales arrendados por las corporaciones locales a las respectivas sociedades musicales.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días a contar desde el día siguiente al de publicación de la Resolución de convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV nº 9048 de 25/03/2021)

Toda la información se encuentra disponible en este enlace:

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15734#p_3

Acceso a la tramitación electrónica aquí:

https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/login.html;jsessionid=gBQIg2Bz4UaDb176bl6HLmA75l8pY9_WFv5LFLwZ.ade-ptt-front

Si necesita asesoramiento en la tramitación de estas ayudas no dude en contactar con Asemusic.

Pueden ser objeto de subvención las inversiones que se ejecuten a partir del 1 de enero de 2021.